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Cada uno de los cinco imputados de la CAM afrontará una fianza de 25 millones

Levante, recopilado por Sindicato Alta - 02/08/2012

 

Modesto Crespo, Dolores Amorós, Roberto López, Vicente Soriano y Teófilo Sogorb deberán hacer frente a depósitos individuales. El acusador popular plantea que la responsabilidad civil alcance a las entidades

MERCEDES GALLEGO ALICANTE La responsabilidad civil es solidaria en tanto que todos, según la acusación, participaron en los hechos (el papel que jugó cada uno se determinará en la sentencia, de ser condenatoria) pero el abono de la fianza es a título individual. A esta realidad se enfrentan desde el pasado jueves, cuando está firmada la providencia dictada por el magistrado Javier Gómez Bermúdez, los cinco exmiembros de la última cúpula directiva de la CAM imputados en el procedimiento penal que se sigue contra ellos en la Audiencia Nacional por los delitos continuados de apropiación indebida, administración desleal, falsificación de cuentas y falsedad documental, como ya adelantó este diario en su edición del sábado.

En respuesta a la petición planeada por el penalista Carlos Gómez-Jara, el abogado designado por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para la CAM, y asumida por Gómez Bermúdez, quien dirige la instrucción de este procedimiento, cada uno de los cinco exdirectivos imputados (los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, el expresidente Modesto Crespo y los directores de Recursos y Planificación y Control Vicente Soriano y Teófilo Sogorb, respectivamente) ha de hacer frente de forma individual a los 25,8 millones de fianza fijada por el magistrado y que busca cubrir, según el escrito del acusador particular, el perjuicio económico causado a la extinta caja de ahorros por la gestión de sus exresponsables.

Unas actuaciones recogidas al detalle en el citado escrito y que van desde complementos salariales que nunca tendrían que haberse percibido al cálculo de prejubilaciones millonarias en base a cuentas falseadas que daban beneficios allí donde solo había pérdidas. Resultado: un quebranto económico a la que fue segunda entidad financiera de la Comunidad, cuarta de España y ahora desparecida después de 137 años de historia valorado por el abogado del FROB en esos 25,8 millones que el juez ha fijado para que pague cada uno de los imputados y cuyo abono aboca al embargo de los bienes de la ex cúpula directiva.

Pieza separada de las coutas
Un fianza para asegurar la responsabilidad pecuniaria (la multa que se impusiera más la responsabilidad civil) que para el acusador popular, el letrado Diego de Ramón personado en esta causa en nombre de medio millar de afectados por la compra de cuotas participativas, hoy sin valor, no debe quedar sólo en los imputados sino extenderse subsidiariamente a la CAM, al Banco CAM y al Sabadell. En un escrito que ayer registró en la Audiencia Nacional, De Ramón plantea la apertura de «una pieza de responsabilidad civil separada de los productos de inversión (cuotas participativas, preferentes y deuda subordinada)» y solicita el embargo de bienes a los imputados por un importe de 13 millones de euros, cantidad que sale de sumar el daño causado a los compradores de estos productos financieros más los intereses.

De Ramón pide el embargo de propiedades en España, Inglaterra y México de los imputados, de la CAM, de sociedades participadas y de cuentas abiertas de la caja en Miami, en las Islas Caimán, en México y en la República Dominicana». E insta también «el embargo de propiedades inmobiliarias, cuentas, depósitos y valores en bolsa del Banco CAM y de las compañías aseguradoras de responsabilidad civil a favor de la CAM y del Banco CAM, SA».

No contento con esto, el letrado plantea «trabar los depósitos que puedan constituirse a favor del FROB de parte de los imputados por considerar que esa entidad tenía asumida la supervisión financiera, junto con la Comisión Nacional del Mercado de Valores, haciendo dejación de funciones», según recoge el escrito que insiste en abrir la pieza de responsabilidad civil a favor de los querellantes en la que se cite a la CAM, al Banco CAM y al Sabadell como responsables civiles subsidiarios.

 

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