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Eliminación de cláusulas suelo en hipotecas de España

La Gran Época, recopilado por Sindicato Alta - 12/07/2013

 

Banco Popular tiene unos 10.800 millones de euros y el Banco Sabadell 10.500 en hipotecas con cláusulas suelo

Por Carlos Fermat - La Gran Época

 

Dice el dicho que a "perro flaco todo son pulgas" y eso podría pensarse de la banca española y la sentencia del Tribunal Supremo sobre la anulación de las cláusulas suelo en las hipotecas, pero más bien esto parece un ejemplo de David (los consumidores de servicios bancarios) venciendo a Goliath.

Conocido es que las cosas no llegan sin esfuerzo y este triunfo (porque así debe calificarse) de los usuarios de servicios bancarios ha costado lo suyo.

No se trata en estas líneas de fijar la atención en organización alguna, pero cada cosa tiene su nombre y cada efecto su causa y los promotores de esta iniciativa que va a beneficiar a miles de tenedores de hipotecas, tiene un nombre: Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (AUSBANC).

Ellos fueron los que iniciaron este camino y los que lo han llevado a su final y aunque seguro que en este asunto todavía no está todo dicho, sí que hay una realidad patente, las entidades BBVA, Novagalicia y Cajamaranunciaban recientemente, el pasado 12 de junio, la eliminación de estas cláusulas en sus contratos hipotecarios.

Un sendero tortuoso 

El origen del camino hay que ir a buscarlo al Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Sevilla, en septiembre del año 2010, cuando se dictaba una sentencia en la que declaraba abusivas las cláusulas suelo en un procedimiento iniciado por AUSBANC contra tres entidades, BBVA, Novagalicia y Cajamar.

Posteriormente en marzo de 2011 el mismo Juzgado de Sevilla obligaba a dichas entidades a eliminar las cláusulas, sentencia que las entidades recurrieron por considerar que las mismas eran perfectamente legales.

En octubre de ese mismo año de 2011 la Audiencia provincial de Sevilla resolvía el recurso presentado a favor de los bancos, entendiendo que era legal el establecimiento de cláusulas que fijaban un límite al descenso de los tipos de interés dado que los hipotecados las aceptaban libremente.

Se crea una jurisprudencia que es aplicable a otras entidades no citadas expresamente en la sentencia

En paralelo a esto, y motivado por el grave problema social que son los desahucios, en Europa algo se estaba moviendo. El primer hecho incontestable se daba el jueves 14 de marzo de 2013 cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminaba que la Ley Hipotecaria Española vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

Toda esta acumulación de acontecimientos desencaden ó la aprobación de la Ley 1/2013 de 14 de mayo, relativa a las medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, que entró en vigor el pasado 16 de mayo y con la que el gobierno busca compatibilizar la normativa española con las exigencias de protección a los consumidores que marca Europa.

Ante el desacuerdo con la Sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que daba la razón a los bancos, AUSBANC optó por presentar recurso de casación. En marzo de 2013, una semana después de la llamada de atención europea, la perseverancia proporcionaba su primer fruto, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declaraba la nulidad de las cláusulas suelo de los contratos hipotecarios en casos de falta de transparencia, aunque sin efectos retroactivos. 

Posteriormente en mayo, el Tribunal Supremo reforzaba esta decisión obligando a la banca a advertir expresamente a los clientes de que no podrán beneficiarse de determinadas bajadas del Euribor si firman una hipoteca con cláusula suelo. 

Y el paso definitivo se daba en junio de este año 2013 cuando el Supremo dictaminaba la nulidad de las cláusulas suelo, estableciendo así lo que el presidente del BBVA Francisco González, el pasado 17 de julio, denominaba en la apertura de los cursos, que dicha entidad patrocina a la Universidad Menéndez y Pelayo como “nuevo canon de transparencia”.

Ahora sí

La victoria, para los contratantes de hipotecas en España, parece que ahora sí es definitiva, pero como casi siempre con matices.

Veamos: El primer paso lo ha dado el BBVA, que por boca de su presidente anunció públicamente la anulación de dichas cláusulas suelo en las hipotecas de su entidad que la contienen (aproximadamente 425.000) a partir de la publicación de la sentencia y que en base a ello comunicaba que el impacto en su cuenta de resultados en junio será de unos 35 millones de euros, y que variará en los próximos meses según evolucione el Euribor. 

Valga como referencia que el tipo suelo medio que se aplica en las hipotecas del BBVA está en el entorno del 2,8% y que ahora mismo el tipo de interés del Euribor al año se sitúa en el 0,50%. En la mayoría de las hipotecas, al tipo del Euribor se le suele sumar entre 0,5 y un punto porcentual, de forma que en término medio esta medida supondrá un descenso entre el 1% y el 1,8% del coste de una hipoteca que contenga estas cláusulas suelo.

La opinión de los expertos, y más aún la del ministro de Economía Luis de Guindos, es que hay que estar pendientes, dado que se ha creado una jurisprudencia que es aplicable a otras entidades no citadas expresamente en la sentencia.

La realidad es que por un lado tenemos a entidades como el Santander o Bankinter que muestran su alegría al recordar a todo aquel que quiera oírles que nunca han aplicado ese tipo de cláusulas en sus contratos hipotecarios.

En una situación intermedia están entidades como Caixabank o las cajas rurales que han aceptado revisar dichas cláusulas, pero haciéndolo caso por caso a aquellos clientes que lo soliciten y no de forma generalizada.

La realidad de todo esto, es que las entidades que se niegan a retirar dichas cláusulas, lo hacen únicamente por el impacto que les provocaría en los resultados del presente año 2013

Por último tenemos un grupo de entidades como el Banco Sabadell o el Banco Popular, que se niegan a retirar dichas cláusulas argumentado que las suyas sí que son legales, a lo que se podría contraponer las palabras que pronunció el pasado 17 de junio el presidente del BBVA Francisco González en la inauguración de los cursos organizados por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) y la Asociación de Periodistas de Información Económica (Apie), y en las que recordaba que “en el sistema financiero puede haber cláusulas igual de transparentes que las nuestras, pero no más”. Más claro, imposible.

La realidad de todo esto, es que las entidades que se niegan a retirar dichas clausulas, lo hacen únicamente por el impacto que les provocaría en los resultados del presente año 2013.

Sépase que el Banco Popular tiene aproximadamente 10.800 millones de euros en hipotecas con cláusulas suelo y el Banco Sabadell 10.500 millones de euros. En el caso del Banco Popular se estimó que la eliminación de las cláusulas suelo en todas sus hipotecas supondría un descenso del beneficio estimado de 53 millones de euros en 2013 y 105 millones de euros en 2014.

Estas parecen ser, y no su legalidad, las verdaderas razones de estas entidades para retrasar al máximo posible la retirada de los tipos de interés mínimos en sus contratos hipotecarios.

 

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