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Ya se puede solicitar la devolución en el IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad

Expansión recopilado por Sindicato Alta - 03/12/2018

 

Bebé recién nacido. DREAMSTIME / EXPANSIÓN

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha anunciado que la devolución media del IRPF de la prestación por maternidad será de 1.600 euros y la de paternidad, de 383 euros. Los contribuyentes con hijos nacidos en 2014 y 2015 pueden solicitarla ya en la web de la Agencia Tributaria.

Según ha explicado Montero en una rueda de prensa, los contribuyentes con hijos nacidos en 2016 y 2017 podrán solicitar la devolución a partir de enero de 2019. Hacienda espera haber efectuado todas las devoluciones en abril y se incluirán los intereses de demora, según cada caso.

Montero ha cifrado en 1.200 millones de euros el impacto de las devoluciones y ha indicado que "se iniciarán esta semana". La titular de Hacienda ha asegurado que el efecto en las cuentas públicas para 2018 y 2019 "ya estaba contemplado". Por tanto, "no varían los objetivos de déficit".

La solicitud se puede efectuar mediante un formulario a través de la página electrónica de la Agencia Tributaria (disponible ya en la página web de la Agencia Tributaria y, según ha adelantado Montero, solo será necesario introducir el año en que se percibió la prestación y el número de cuenta bancaria en donde se realizará la devolución. Se puede acceder desde los mismos canales que en la declaración de la Renta: RENØ, Clave pin y certificado electrónico.

Respecto a las prestaciones anteriores a 2014 que no han prescrito por haber sido demandadas, Montero ha indicado "que cada caso particular se analizará de forma personal". La Agencia Tributaria calcula que pueden verse beneficiadas más de un millón de personas.

Montero ha insistido en que el beneficio también se extiende a los padres para ser coherentes con las políticas de igualdad sobre bajas. La diferencia entre las cantidades que van a recibir padres y madres refleja las distintas duraciones de las respectivas bajas.

La Agencia Tributaria había anunciado ya que iba a poner en marcha una herramienta informática para facilitar este trámite de reclamación.

En octubre, el Tribunal Supremo declaró exentas del pago del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social, lo que beneficia tanto a quienes las cobren a partir de ahora como a quienes las recibieron en los últimos cuatro años, que es el periodo no prescrito.

Hacienda ha explicado que la sentencia del Tribunal Supremo no afecta a los permisos de maternidad y paternidad de las funcionarias y funcionarios que cotizan a través de mutuas como Muface y otras. Pese a ello, "el Gobierno se compromete a realizar un cambio legislativo para que también este colectivo pueda beneficiarse del proceso de devolución y no sufra retenciones en el futuro durante el período de bajas por maternidad y paternidad", asegura en un comunicado.

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