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Explicamos cómo se pueden reclamar los gastos de las hipotecas |
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El Tribunal de Justicia de la UE se opone a que la restitución de los gastos por cláusulas abusivas en hipotecas prescriba en diez años
Muchos españoles con hipotecas anteriores a 2019 tenían la fecha del 23 de enero de 2024 marcada en rojo en el calendario. Según la interpretación jurisprudencial del derecho nacional, ese día se cerraba supuestamente el plazo para reclamar a los bancos la devolución de los gastos de notario, gestoría, registro y tasación. Sin embargo, esta semana la justicia europea ha sentenciado que dicho plazo no ha finalizado.
¿QUÉ HA OCURRIDO?
En 2015, el Supremo estableció que era abusivo y nulo la práctica de los bancos de imponer a sus clientes todos los gastos de formalización de las hipotecas. Y en 2021, el mismo tribunal confirmó que los bancos tienen que abonar el 100% de la tasación, los gastos de registro y gestoría y la mitad de los notariales, cuando se declare nula la cláusula de la hipoteca que atribuía el pago en exclusiva al cliente.
Hasta ahora se interpretaba que el plazo para reclamar estos gastos vinculados a cláusulas abusivas vencía el 23 de enero de 2024, esto es, cumplidos los cinco años de la declaración del tribunal. Otras interpretaciones apuntaban 10 años de plazo.
Pero ni cinco ni 10 años. El Tribunal de Justicia de la UE sentenció este jueves que la normativa europea se opone a que la restitución de los gastos por cláusulas abusivas en hipotecas prescriba en diez años a contar desde que se hace el último pago de los gastos, y que dicho plazo debe comenzar cuando el consumidor conozca el carácter abusivo.
El fallo responde a un caso en el que consumidores españoles con hipotecas con CaixaBank, BBVA, Santander y Sabadell pagaron los gastos de notario, registro y gestión del contrato y posteriormente solicitaron la anulación de una cláusula por abusiva.
¿QUÉ PLAZO HAY AHORA PARA RECLAMAR LOS GATOS HIPOTECARIOS?
Según dictó el tribunal europeo, el consumidor debe poder conocer sus derechos antes de que el plazo empiece a correr o expire y tener tiempo material suficiente para presentar un recurso. De esta manera, el reloj se pone en marcha sólo cuando el afectado tiene constancia de la cláusula abusiva.
Desde Asufin, que cifra la cantidad abonada por los hipotecados por esos gastos entre 1.500 y 3.000 euros de media, celebran la sentencia de Europa que "corrige al Tribunal Supremo, a las audiencias provinciales, e incluso a los propios bancos, al establecer que el consumidor no tenía porqué conocer la jurisprudencia para reclamar".
Como explica Patricia Suárez, presidenta de la asociación de usuarios financieros, "es una gran noticia para todos los afectados que, ahora sí, podrán ejercer sus derechos con tranquilidad y esperamos que los bancos conocida esta noticia se pongan en marcha a devolver las cantidades a sus clientes porque seguimos saturando los tribunales de manera innecesaria".
Así pues, de acuerdo con la sentencia del TJUE, no hay un plazo definido para reclamar esos gastos de la hipoteca y sólo el conocimiento del hipotecado de esas cláusulas abusivas marca el inicio del tiempo para presentar una queja. El comunicado de Asufin concluye que "por mucha jurisprudencia que exista", el consumidor conoce el carácter abusivo de su cláusula "cuando obtiene la sentencia firme; es ese hecho, y no otros, el que hace correr los plazos".
CÓMO RECLAMAR LOS GASTOS DE LA HIPOTECA
El primer paso es reunir las facturas relacionadas con los gastos a reclamar (gastos de gestoría, registro de propiedad, notaría...) para posteriormente presentar una reclamación al banco que otorgó el préstamo hipotecario a través de su servicio de atención al cliente.
La entidad financiera debería responder a la reclamación en un plazo máximo de un mes. En caso de no haber recibido ninguna notificación al respecto o si la respuesta del banco no es satisfactoria para el cliente, se puede acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España.
También está la vía judicial. En este caso, será un juez quien dictamine si las cláusulas son abusivas, en cuyo caso se considerarán nulas y el hipotecado recuperará las cantidades de más que haya percibido el banco. No obstante, dada la complejidad de proceso de reclamación, los expertos recomiendan sumarse a las campañas de reclamación dirigidas por las organizaciones de consumidores.
¿QUIÉNES PUEDEN RECLAMAR LOS GASTOS DE LA HIPOTECA?
Las personas que firmaron la hipoteca antes de junio de 2019, cuando entró en vigor la Ley hipotecaria de 2019, y que pagaron los gastos de gestoría, notaría, registro y tasación. En las hipotecas firmadas a partir de esa fecha los bancos son los encargados de asumir los costes. |