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El Consell reduce drásticamente la estructura de los órganos de gobierno de Bancaja y CAM

Valencia Plaza.com Recopilado por Sindicato Alta - 26/05/2011

 

Las dos cajas de ahorros deberán reducir a menos de la mitad el número de consejeros generales de sus asambleas, hacer lo propio en el consejo de administración y la comisión de control y eliminar el resto de órganos; La nueva normativa abre la puerta a los presidentes ejecutivos, limita sus retribuciones y concentra la elección de consejeros en el territorio valenciano

VALENCIA  Bancaja y Caja Mediterráneo tendrán que reducir drásticamente el número de miembros de la asamblea general, así como los del consejo de administración y la comisión de control, únicos órganos de gobierno que podrán mantener, suprimiendo así las comisiones de inversiones, retribuciones, obra social y auditoría.

Así se desprende del decreto de reforma de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros aprobado por el Consell y que este miércoles publicó el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.

El decreto limita específicamente los órganos de gobierno de las "cajas de ahorros que formen parte de un Sistema Institucional de Protección y que hayan optado por desarrollar su actividad financiera indirectamente a través de una entidad bancaria, a la que hayan aportado todo su negocio financiero". Sólo Caixa Ontinyent está fuera de este supuesto, aunque sí le afecta el recorte general de los miembros de las comisiones.

Según la norma, el número máximo de consejeros generales se fija ahora en una horquilla de entre 50 y 100 para las entidades con activos superiores a los 5.000 millones de euros, y de entre 120 y 200 para las que lo superen.

Dado que tanto Bancaja (que solo se ha quedado con algunos bienes vinculados a la Obra Social) como CAM han traspasado la práctica totalidad de sus activos a Banco Financiero y de Ahorros y Banco CAM respectivamente, ambas deberán recortar sus asambleas, que en la actualidad tienen 200 y 176 consejeros generales.

Respecto al consejo de administración, el decreto fija entre 10 y 15 el número máximo de vocales para las cajas con activos menores a 5.000 millones, y de entre 13 y 20 si los superan. Ahora tienen 20. La comisión de control, finalmente, se limita de cinco a 10 comisionados, en el primer tramo de activos, y de ocho a 13 en el segundo. Ahora tiene 13.

En todos los casos, la dos grandes cajas valencianas estarán en la horquilla baja.

PRESIDENTE EJECUTIVO

Otro de los cambios afecta a la posibilidad de que el consejo de administración otorgue poderes ejecutivos al presidente de la caja. El decreto especifica que "el cargo de presidente ejecutivo es incompatible con cualquier actividad retribuida tanto de carácter público como privado"

En la limitación se introduce una excepción: las actividades que ejerza en representación o promovido por la caja (por ejemplo, la presencia en consejos de administración de empresas en las que participe accionarialmente). "En este caso, los ingresos que obtenga distintos a dietas, deberán cederse a la caja".

Bancaja tiene en la actualidad una comisión ejecutiva de 11 miembros y CAM de 13. Esta última entidad cuenta además con tres consejos territoriales (Alicante, 17 miembros, Murcia, 18, y Valencia, 17), a los que la nueva norma no cita, pero que se supone también dejarán de existir. 

El decreto también introduce la obligación de contar con la autorización administrativa previa del Instituto Valenciano de Finanzas para cualquier operación que implique "riesgo dinerario o transmisiones de cualquier bien o valor entre la caja y sus altos directivos".

PROTECCIONISMO PARA IMPOSITORES

El decreto también introduce matices importantes en el proceso de elección de los miembros de la asamblea general. El texto tiene en cuenta los cambios que supone la integración del negocio en un grupo con otros socios a la hora de fijar cómo se eligen a los representantes de los impositores y de los empleados.

"Se tendrán en cuenta los impositores y oficinas y empleados [incluyendo los de las fundaciones y la obra social de la caja] de la entidad bancaria [en la que esté integrada] existentes en la Comunidad Valenciana, así como, en su caso, en otros territorios originarios de las cajas, que figuren expresamente reconocidos en los estatutos"

Con esta redacción se marca una protección territorial, ya que no se contará con el negocio conjunto del banco (por ejemplo, no se computarán a la hora de elegir consejeros las oficinas de Bankia en Madrid o Cataluña, algo que ahora sí ocurre) a la hora de hacer el reparto de los representantes de los clientes y los empleados.

El decreto abre un nuevo grupo entre los consejeros generales denominado "representantes de entidades representativas de intereses colectivos". Será cada caja la que determine la relación de entidades con derecho a designar a estos consejeros.

Los cambios se deberán realizar en la próxima renovación parcial, prevista para finales del año que viene.

El decreto introduce la posibilidad "excepcional" de que los miembros del consejo de administración que tengan mandato por delante puedan permanecer en su puesto, siempre que el número total de miembros del órgano no supere el 10% del total fijado ahora. En el caso de los consejeros generales, también se abre una prórroga, y el límite en que podrá superarse el número máximo es del 35%.

Bancaja deberá aprobar estos cambios en uno de los próximos consejos de adinistración que celebre para llevarlo posteriormente a la asamblea. CAM autorizó el cambio de estatutos en la última asamblea, pero aún no los ha aplicado.

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