La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, dijo ayer que su intención es  llevar el Real Decreto Ley que regulará el teletrabajo al Consejo de  Ministros el próximo martes, si bien antes debería cerrar el acuerdo con  patronal y sindicatos sobre el texto. De momento, representantes  empresariales y sindicales que están negociando la nueva regulación del  trabajo a distancia recibieron el miércoles un nuevo borrador del  Ministerio de Trabajo –que se había comprometido a facilitar tras la  reunión mantenida por las partes el pasado martes– que incluye  importante excepciones en la aplicación de la ley, entre otras  cuestiones.
Del nuevo borrador se desprende que cuando la implantación del  trabajo sea algo excepcional promovido por la pandemia, la empresa no  tendrá que establecer un acuerdo específico con los trabajadores que  incluya, entre otras cosas, la compensación de los gastos que soporta el  empleado trabajando a distancia.
Concretamente, se incluye una disposición transitoria tercera para  “el trabajo a distancia derivado del carácter preferente regulado en el  artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo”, esto es, para  el teletrabajo adoptado por las empresas para mitigar las restricciones  impuestas por la pandemia de Covid-19.
Así, se precisa que “cuando el trabajo a distancia se haya implantado  excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley  8/2020, de 17 de marzo, quedarán exceptuadas la obligación de suscribir  el acuerdo al que se refiere el artículo 6 de la presente norma”. Este  artículo regula “el contenido del acuerdo de trabajo a distancia” a  negociar entre la empresa y los trabajadores que teletrabajen más de un  30% de su jornada.
Dentro de ese acuerdo se incluyen horarios y reglas de  disponibilidad, pero también “el inventario de los medios, equipos y  herramientas que exige el desarrollo del trabajo a distancia concertado,  incluidos los consumibles y los elementos muebles”. Asimismo, este  acuerdo debe incluir “la enumeración de los gastos, que pudiera tener la  persona trabajadora por el hecho de prestar servicios a distancia, así  como forma de cuantificación de la compensación que obligatoriamente  debe abonar la empresa y momento y forma para realizar la misma, que se  corresponderá, de existir, con la previsión recogida en el convenio  colectivo de aplicación”.
No obstante, el redactor de esta norma no ha exceptuado el  cumplimiento del artículo 11 de la ley, que fija la obligación de las  empresas de costear los “gastos relacionados con los equipos,  herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral”,  lo que podría generar dudas a la hora de interpretar el alcance de esta  excepción.
Por otro lado, la preferencia normativa por el teletrabajo por el  Covid está vigente en principio solo hasta el 22 de septiembre y la  intención del Ejecutivo es que para entonces ya esté vigente esta norma  que regulará el teletrabajo de manera general. Pero queda la duda de si  la excepción de llegar a un acuerdo sobre los gastos sigue vigente para  empresas que hayan “implantado excepcionalmente” el teletrabajo por el  coronavirus, pero que ahora decidan mantenerlo aunque se retire su  carácter preferente y por cuánto se mantiene esa excepción.
Según esa misma disposición transitoria, las empresas que hayan  adoptado el teletrabajo por la pandemia, tampoco deberán cumplir con el  mínimo de jornada presencial establecido para los contratos formativos.  Y, también en esos casos, “se entenderá cumplida la obligación de  efectuar la evaluación de riesgos”, algo que ya establecía la norma que  reguló el teletrabajo como preferente en la pandemia.
 
Polémica por el personal laboral
Lo que no ha incluido Trabajo en este nuevo borrador es la petición  sindical de incluir en esta regulación al personal laboral de las  administraciones públicas. Esto dificulta, sobre todo que UGT dé el  visto bueno a esta norma, ya que considera imprescindible que estos  trabajadores tengan regulado el trabajo a distancia como los asalariados  del sector público, debido a que no son funcionarios.
 
Otras novedades del nuevo borrador
- Definición. El nuevo texto enviado por el  Ministerio de Trabajo a los agentes sociales incluye su compromiso de  elevar del 20% al 30% la jornada laboral que se hace a distancia para  que se aplique esta nueva normativa. Este aumento era exigido por los  empresarios para dejar fuera de las obligaciones de esta ley, a los  casos en los que el empleado teletrabaja solo un día a la semana, como  medida de flexibilidad.
- Pactos previos. El texto nuevo especifica también  una demanda sindical obtenida en la última reunión que afecta a la  duración de los acuerdos de teletrabajo en empresas o convenios previos a  esta ley. Si los acuerdos no fijan duración, la ley se aplique  íntegramente una vez transcurrido un año desde el inicio de la vigencia,  “salvo que las partes firmantes de estos acuerden expresamente un plazo  superior, que como máximo podrá ser de tres años” .
- Desconexión. Trabajo ha añadido un párrafo ya  existente en la Ley de Protección de Datos para que las empresas diseñen  un plan de desconexión.
- Registro horario. El nuevo texto limita el registro  de jornada al “momento de inicio y finalización de la jornada” y ya no  incluye los tramos de actividad.